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5 de julio de 2011

Cómo crear una ONG en la República Dominicana (parte2)

 Al término de un (1) mes se publicará en un periódico de circulación nacional, un extracto de los documentos constitutivos y de los documentos anexos, el cual deberá contener:

a. El nombre y domicilio principal de la asociación.
b. La indicación de los fines a que se dedica.
c. Nombre miembros/as fundadores/as.
d. Los/as funcionarios/as que de acuerdo a los estatutos la representan ante terceras personas.
e. La duración de la Asociación o la indicación de que es por tiempo indefinido, según los estatutos.
f. El número de funcionarios/as de la Junta Directiva.
La publicación de este extracto se comprobará con un ejemplar del periódico, certificado por el impresor, legalizado por el presidente del Ayuntamiento y registrado dentro de tres (3) meses a contar de su fecha.

Nota: Todos los documentos deberán registrase en la cámara civil.

Si con posterioridad a la incorporación se introducen cambios en los estatutos de la asociación, se realizará el mismo procedimiento que para la incorporación.

Los/as Procuradores/as Generales de las Cortes de Apelación deberán remitir a la Procuraduría General de la República copia de los registros de incorporación de las Asociaciones Sin Fines de Lucro incorporadas en cada Departamento Judicial. La Procuraduría General de la República deberá llevar un Registro Nacional de todas las Asociaciones Sin Fines de Lucro existentes en el país.

Toda asociación que se organice de acuerdo con esta ley adquiere personalidad jurídica en la República Dominicana y en tal virtud puede:

a. Comparecer como demandante o demandada ante cualquier Tribunal.
b. Celebrar contratos, y en consecuencia puede arrendar, poseer y adquirir a título gratuito u oneroso toda clase de bienes muebles e inmuebles; vender, traspasar y en cualquier forma enajenar o hipotecar, dar en prenda, constituir en anticresis y en cualquier otra forma gravar sus bienes muebles e inmuebles; tomar préstamos para los fines de la Asociación.
c. Ejercer, como persona jurídica, cualquier facultad que fuere necesaria para realizar los actos antes enumerados.

20 comentarios:

  1. ¿Cómo disolver una ASFL?

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  2. Hola anonimo...

    Gracias por tu inquietud. De esta forma crecemos mas. Puedes nuestra respuesta en http://fundaciones-sos.blogspot.com/2013/03/como-disolver-una-asociacion-sin-fines.html

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    1. Pregunto como saber si el nombre de una institución que se esta legalizando salió yaa de ONAPY y si se trabajo en una institución del gobierno o funcionario no le sale la ONG por ser funcionario aunquesea a baja escala.

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  3. muchas gracias por la informacion porque no tenia ni idea de todo esto, es decir de que tenia que hacer este procedimiento. Gracias por tu tiempo Dios te bendiga....

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  4. ya tenemos el registro de onapi, ahora que paso debemos dar y si me podria mandar la intancia, gracias!

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    1. Hola Ray... perdona la tardanza. Si tienes el registro de ONAPI, dirígete a la procuraduría de tu jurisdicción, para el Distrito Nacional es la de la Feria, primer piso (entras y doblas a la izquierda dos veces)ONGS o asociaciones sin fines de lucro. Allí te facilitarán una lista d elos pasos que debes agotar (no la tengo a mano) Preparate pues es un poco tedioso pero no imposible. Ademas es obligación de caqda una de estas instancias atenderte y viabilizarte la obtención de los documentos. Suerte

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  5. me gustaria saber si la corte de apelación correspondiente tiene un formato de solicitud la cual tenemos que llenar, o si es a través de una instancia que se le pide la inscripción...!!

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    1. Hola Randy se debe someter la solicitud a la Procuraduría General de la República para el departamento judicial (la misma procuraduría la recibe y la somete a dicho departamento)
      de Santo Domingo, o a la Procuraduría General de la Corte de Apelación del
      departamento correspondiente, mediante solicitud formulada por el o la presidente(a) de dicha asociación. No tiene un formato específico solo que debes dirigirla al procurador o regenta de la instancia.

      Es importante que todos sepan que los pasos hay que agotarlos y en esto no hay fraude ni mucho menos. Por otro lado, cuando la ASFL será conformada en el interior del pais u otra provincia es mas sencillo por cuanto estasinstancias no tienen la demanda que encontraran aquí en Santo Domingo. Si les pides algún modelo, ellos te lo facilitan.

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  6. Hola, quiero saber si un miembro de la Policía Nacional puede ser el fundador y presidir una fundación sin fines de lucro.

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    1. Hola Anonimo...
      Aunque la ley establece que Todo ciudadano/a natural dominicano puede crearla, en el caso que planteas me parece importante señalar variso puntos:
      - EL cuerpo de la policia Nacional tiene sus reglamentos internos, al punto que ustedes para hacer cualquier acto común para una persona, a ustedes les requieren permiso del superior.
      - La ley establece que una persona que preste servicio al estado, entiendase que cobra del gobierno, no puede precidir dicha organización pues si lo hace, no recibirá fondos del estado en ningún proyecto. Puedes ser presidente fundador, pero en la asamblea constitutiva u otra extraordinaria deben escoger la persona que dirigirá la organización y esta no puede pertenecer al sistema, es decir, al gobierno.

      Por otro lado, te sugiero que a la hora de escoger a tu director/a ejecutiva, coloques a tu mamá o tu papá. Ellos no te traicionaran. (aunque suene feo y sarcastico, es una realidad)

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  7. Hola, quiero preguntarte si antes de hacer todos estos pasos para registrarse, primero tiene que estar constituida, con logos, oficina y/o establecimiento, o simplemente se registra y despues se hace todo lo demas, por favor orientame, porque unas amigas y yo queremos formar una sin fines de lucro, para ayudar a mujeres, que sean madres solteras. Gracias

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  8. Hola anónimo... Lo primero es apartar o registrar el nombre de tu organización en ONAPI (oficina de propiedad intelectual). Ya luego avanza en tu proyecto, pues la incorporación puede ir haciendose en el camino.

    Mi organización, por ejemplo trabajaba desde el 2009, mas la incorporé en el 2010.

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  9. Ok, ya entendi, gracias por ese aporte tan importante que estas haciendo para orientarnos.

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  10. Cuales son los gastos totales para la incorporacion. Gracias...

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  11. Ola gracias por tus orientaciones, quisiera saber si la secretaria general de una ONG puede ser presidenta de na nueva nueva ONG, o tendría que renunciar a mi cargo, antes de iniciar esta nueva ong

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  12. Hola soy abogada y me gustaría ayudar a mujeres de escaso recurso dándole asistencia legal gratuita y quiero hacerlo a través de una ONG. Me gustaría tener una aproximación de cuanto cuesta crear la ONG.

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  13. Hola soy comunidor-mercadologo.
    Y quiero seguir la ayuda!

    Pregunto como saber si el nombre de una institución que se esta legalizando salió yaa de ONAPY y si se trabajo en una institución del gobierno o funcionario no le sale la ONG por ser funcionario aunquesea a baja escala.

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  14. Hola Alberto Cruz
    Un grupo de jovenes de mi pueblo queremos hacer una ONG para niños, jovenes y ancianos. Es necesario poner un abogado para estos trámites?, Como podemos conseguir ayudas del gobierno?, Gracias. Puedes escribirme a mi correo: gelis-tc@hotmail.com

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  15. Gracias su información fue de mucha ayuda.

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  16. Hola Alberto
    mi pregunta es que procedimientos debo realizar para solicitar la excepcion del itbis para una fndacion

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