En la conformación y desarrollo de las organizaciones nos encontramos
con la situación de que se deben levantar actas de las diferentes asambleas que
se lleven a cabo. Para estos casos tenemos dos tipos de actas que requerimos
diferenciar, las actas de asamblea general o extraordinaria y las actas de
asambleas constitutivas.
Una Acta
Constitutiva es aquel documento o constancia notarial en la cual se registran
todos aquellos datos referentes y correspondientes a la conformación de una sociedad,
empresas, cooperativas, fundaciones, etc. En este documento se
deja el registro de esa primer nivel de acuerdos y consensos, sus objetivos y
la finalidad de su creación así como los derechos y deberes de los socios que
la integrarán es un acta de carácter constitutivo. En la misma se determinarán
el tipo de asambleas, reuniones, modos de convocatoria con que funcionará en
adelante. Entre
otras cuestiones, en la misma, se especificarán sus bases, fines, integrantes,
las funciones específicas que les tocarán desempeñar a cada uno de estos, las
firmas autentificadas de ellos y toda aquella información de importancia y fundamental
de la sociedad que se constituye.
Al
comienzo del Acta se asientan datos como la hora, la fecha y el lugar en el
cual se constituyen aquellos con intención de formar una asociación detallando quién estuvo a cargo de dar inicio al acto,
leyendo lo que se conoce como orden del día, que serán aquellas cuestiones como
designación de dos personas que aprobarán y firmarán el acta, la elección de la
mesa directiva, la consideración del
proyecto de Estatuto, el valor al que ascenderán las cuotas sociales si acaso
lo requiere, la elección de los miembros que compondrán los órganos sociales y
luego, en los capítulos en los cuales la misma se dividirá, se dará cuenta de
la constitución, domicilio y finalidades que observará la sociedad que se
forma, otro capítulo se ocupará de los asociados, el siguiente de cómo será la
administración y fiscalización, en otro,
todo lo referente e inherente a las asambleas, seguido por la relación de los participantes.
Una Acta
de Asamblea General o extraordinaria es aquella que se levanta o redacta cada vez que la
organización convoca a una asamblea. El
secretario de actas debe consignar la orden del día y de todo lo tratado se elabora
una nueva acta, pudiendo ser ordinarias
o extraordinarias.
EXCELENTE APORTE, GRACIAS!
ResponderEliminaresas actas debo registrarlas o notariarlas?? las ordinarias son periodicas?? cada cuanto??
ResponderEliminarpara hacer una acta constitutiva de una asociación, cuantas personas se necesitan?
ResponderEliminarla directiva y cuantos mas?
Muy bueno todo lo que hay en esta página. Gracias
ResponderEliminarcual es el procedimiento para el cambio de la Junta Directiva de una fundación.
ResponderEliminarHola, muchas gracias, me ha agradado sobre manera el aporte que hacen al tercer sector, gracias...
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